El 27 de febrero de 1976, un día después de que España abandonara vergonzosa y definitivamente el territorio de la que había sido su colonia, la voz de El-Uali Mustafa Sayyid, cofundador del Frente Polisario, legítimo representante del pueblo saharaui, proclamó en Bir Lehlu, mediante una emisión radiofónica y ante un pequeño grupo de periodistas,
El reconocimiento del derecho a la libre determinación del pueblo saharaui conlleva diversas consecuencias desde el punto de vista del Derecho Internacional. En primer lugar, el estatus jurídico del territorio del Sáhara Occidental, como territorio no autónomo pendiente de descolonización, según lo denomina Naciones Unidas, tiene una configuración jurídica especial, de manera que no puede considerarse en ningún caso parte integrante del territorio marroquí (potencia ocupante del territorio), sus fronteras deben ser las mismas que estaban fijadas en la época de la dominación colonial española (principio de la intangibilidad de las fronteras coloniales) y ningún Estado debería concertar acuerdo alguno con Marruecos que supusiera reconocer la soberanía marroquí sobre el territorio del Sáhara Occidental. Como reconoce el Secretario General Adjunto de Asuntos Jurídicos de Naciones Unidas en su informe de 2002, los Acuerdos Tripartitos de Madrid de noviembre de 1975 entre España y Marruecos y Mauritania no transfirieron la soberanía sobre el territorio ni confirieron a ninguno de los signatarios la condición de potencia administradora, que España, por sí sola, no podía haber cedido unilateralmente.
En segundo lugar, el pueblo saharaui tiene soberanía permanente sobre los recursos permanentes del territorio, y por lo tanto, todo Estado debe abstenerse de concertar acuerdos con Marruecos que impliquen la exploración o la explotación de los recursos naturales del Sáhara Occidental. Cualquier acuerdo concluido por Marruecos con terceros Estados violan el Derecho Internacional y son nulos de pleno derecho. Y en tercer lugar, el Frente Polisario estaría legitimado, desde el punto de vista jurídico-internacional, para hacer uso de la fuerza armada en defensa del derecho a la libre determinación.
Han pasado 34 años, y España tiene que seguir cargando sobre sus espaldas la responsabilidad histórica, jurídica y moral en relación con el pueblo saharaui. Podemos ser quienes más ayuda humanitaria aportemos, pero nos falta voluntad política para solucionar el conflicto desde el respeto al Derecho Internacional.
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